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RECLAMEA

Sal del fichero de morosos y cobra una indemnización

Estar en ASNEF, Badexcug o RAI te cierra hipotecas, financiación, contratos de móvil y hasta alquileres. Cuando la inclusión es indebida (deuda discutida, sin requerimiento previo de pago, importe inferior a 50 €), tienes derecho a salir del fichero y a una indemnización por daño al honor que, según el Tribunal Supremo, no puede ser simbólica.

Requerimiento previo
Obligatorio
Máximo en el fichero
5 años
Por adelantado
0 €
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6 motivos · para reclamar

Cuándo es indebida tu inclusión

Si te identificas con cualquiera de estas situaciones, tienes derecho a salir del fichero y a una indemnización.

01

Deuda discutida o impugnada

Si reclamaste la factura antes de la inclusión, la deuda no es cierta y la inclusión es nula.

02

Sin requerimiento previo de pago

La entidad debe avisarte por escrito antes de enviarte al fichero. Si no lo hace, es indebida.

03

Importe inferior a 50 €

La normativa exige que la deuda supere 50 €. Por debajo, la inclusión no procede.

04

Más de 5 años en el fichero

El plazo máximo de permanencia es de 5 años desde el vencimiento de la deuda.

05

Mantenido tras pagar

Si saldaste la deuda y siguen apareciendo tus datos, la entidad debe darte de baja en 10 días.

06

Datos confundidos o suplantados

DNI mal anotado, suplantación de identidad o errores administrativos: causa habitual de inclusiones indebidas.

Marco legal

La ley protege tu honor

La inclusión en un fichero de solvencia solo es legal si la deuda es cierta, vencida y exigible, con un requerimiento previo de pago al deudor, y si el principal es de 50 € o más (disposición adicional sexta de la LOPDGDD). Cuando falla cualquiera de estos requisitos, la inclusión es indebida y supone una intromisión ilegítima en el derecho al honor. La ley presume el daño en esos casos, y el Tribunal Supremo rechaza que la indemnización sea simbólica.

RGPD + LOPDGDD 2018

Marco europeo y español de protección de datos

El Reglamento General de Protección de Datos y la Ley Orgánica 3/2018 establecen los principios de exactitud y proporcionalidad. Tus datos deben ser veraces, exactos y tratados con base legítima. Una inclusión por una deuda inexistente o discutida los vulnera de raíz.

Doctrina del Tribunal Supremo 2014-2024

La indemnización no puede ser simbólica

El Supremo ha rechazado de forma reiterada las indemnizaciones simbólicas por inclusión indebida. Como la Ley Orgánica 1/1982 presume el daño (artículo 9.3), no hace falta acreditar un perjuicio económico concreto; la cuantía aumenta con el tiempo en el fichero, las consultas de terceros y los perjuicios probados, como una financiación denegada.

Nuevo
STS 5827/2025 2025

1.500 € por inclusión indebida, una cantidad no simbólica

La Sala Civil del Tribunal Supremo confirmó una indemnización de 1.500 € por una inclusión indebida en ASNEF y rechazó que fuera simbólica, recordando que la cuantía debe guardar relación con las circunstancias reales del caso.

Proceso · paso a paso

Cómo es el proceso

01
✦

Cuéntanos tu situación

Qué fichero, qué entidad te incluyó y por qué crees que la inclusión es indebida.

02
◐

Verificamos tu caso

Pedimos al fichero el certificado de tus datos. En 48 horas sabemos qué tipo de baja procede.

03
⚡

Reclamamos baja e indemnización

Burofax al titular del fichero y a la entidad acreedora. Cuantificamos el daño al honor.

04
✓

Sales del fichero y cobras

El 91% se resuelve en 2 a 4 meses. Si la entidad se niega, llevamos el caso a juicio.

Diagnóstico en 24h

Sal del fichero y cobra

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FAQ

Sobre las reclamaciones de fichero de morosos

¿Cuándo es indebida la inclusión en un fichero de morosos?

+
Cuando falla alguno de estos requisitos: que la deuda sea cierta (no discutida), vencida y exigible; que supere los 50 €; que la entidad acreedora te haya hecho un requerimiento previo de pago por escrito; o que tu contrato avise expresamente de la posibilidad de inclusión. Si discutiste la deuda antes de la inclusión, ya no se puede considerar cierta.

¿Cuánto puedo cobrar de indemnización?

+
No hay una tabla fija. La ley presume el daño, así que no necesitas demostrar un perjuicio económico, y el Tribunal Supremo rechaza las cantidades simbólicas: en la STS 5827/2025 confirmó 1.500 €. La cifra sube con el tiempo que estuviste en el fichero, el número de consultas y los perjuicios que puedas probar, como una hipoteca o un préstamo denegados.

¿Tengo que pagar la deuda primero?

+
No, salvo que la deuda sea legítima y la única vía de salida sea pagarla. Cuando la deuda es discutida o inexistente, primero conseguimos la baja del fichero por inclusión indebida y luego negociamos la indemnización. Pagar una deuda discutida no te saca automáticamente del fichero ni te da indemnización.

¿Cuánto tarda salir del fichero?

+
Si reclamamos por la vía rápida del derecho de supresión (RGPD), el titular del fichero tiene un mes para responder. Si la entidad acreedora autoriza la baja, sales en cuestión de días. Si hay que ir a juicio civil, entre 4 y 10 meses dependiendo del juzgado.

¿Cuánto cuesta reclamar?

+
Cero por adelantado. Solo cobramos un porcentaje cuando recibes la indemnización. Si la reclamación no prospera, no pagas nada.
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