Reclama tu vuelo cancelado o retrasado y cobra hasta 600 €

El Reglamento UE 261/2004 te da derecho a una compensación fija si tu vuelo fue cancelado, sufrió un retraso de más de 3 horas, te denegaron el embarque por overbooking o perdiste el equipaje. La aerolínea está obligada a pagar, lo evita aunque sepa que pierde. Reclamea lo cobra por ti.

Compensación máxima
600 €
Tiempo medio
4-8 sem.
Tasa de éxito
96%
Compensación · UE 261/2004

Cuánto te corresponde

250 €
Hasta 1.500 km
Vuelos cortos: península-Baleares, Madrid-París, Barcelona-Roma.
400 €
1.500 a 3.500 km
Vuelos europeos largos: Madrid-Helsinki, Barcelona-Reykjavík.
600 €
Más de 3.500 km
Vuelos intercontinentales: Madrid-Nueva York, Barcelona-Buenos Aires.
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Marco legal

La ley aérea está de tu parte

El Reglamento (CE) nº 261/2004 del Parlamento Europeo es de aplicación directa en España. Establece compensaciones fijas, asistencia obligatoria (manutención, alojamiento, llamadas) y derecho a reembolso o transporte alternativo. La aerolínea solo se libra si demuestra circunstancias extraordinarias (huelgas externas, condiciones meteorológicas extremas, conflictos políticos), nunca por avería técnica ni por su propia organización.

Reglamento UE 261/2004 2004

Norma base de derechos del pasajero aéreo

Compensación fija (250 / 400 / 600 €) por cancelación, denegación de embarque y gran retraso. Asistencia obligatoria en aeropuerto. Reembolso o transporte alternativo a elección del pasajero. Aplica a vuelos que salen de la UE y a vuelos hacia la UE operados por aerolíneas comunitarias.

TJUE C-402/07 Sturgeon 2009

Retraso de más de 3 horas equivale a cancelación

El Tribunal de Justicia de la UE iguala los retrasos largos a las cancelaciones a efectos de compensación. Si llegas a tu destino con 3 o más horas de retraso, tienes derecho a la misma compensación que si te hubieran cancelado el vuelo.

TJUE C-12/11 McDonagh 2013

Asistencia ilimitada incluso en circunstancias extraordinarias

Caso del volcán Eyjafjallajökull. Aunque las circunstancias extraordinarias eximen de pagar la compensación fija, no eximen de la obligación de asistencia (manutención, alojamiento, transporte). Marca un techo claro a las excusas de las aerolíneas.

Nuevo
Línea TJUE 2024-2025 2025

Línea jurisprudencial reforzada en 2024-2025

Sentencias recientes del TJUE acotan aún más los casos en que las aerolíneas pueden alegar circunstancias extraordinarias. Las averías técnicas previsibles, los problemas de personal y la mayoría de cancelaciones operativas no eximen del pago.

Proceso · paso a paso

Cómo es el proceso

01

Sube tu billete y datos del vuelo

Localizador, tarjeta de embarque o email de confirmación. Suficiente para abrir el caso.

02

Comprobamos el derecho

En 24 horas validamos distancia, retraso, motivo de la cancelación y compensación aplicable.

03

Reclamamos a la aerolínea

Carta formal con base en el Reglamento UE 261/2004. Si no responde, juzgado mercantil.

04

Cobras tu compensación

El 96% se resuelve sin juicio en 4 a 8 semanas. Pagamos solo cuando recibes el dinero.

Recuperado en vuelos
+1.100.000 €
desde 2021, en compensaciones del Reglamento UE 261/2004 cobradas a aerolíneas para más de 2.800 pasajeros
0,2M €
0,5M €
0,7M €
0,9M €
1,1M €
20212022202320242025

"Iberia me canceló un vuelo a México sin avisar y me dejó dos noches en Madrid sin alternativa. Reclamea me consiguió 600 € de compensación más los gastos de hotel en menos de 6 semanas."

LG
Lucía G.
Madrid · marzo 2026
Compensación
600 €
Resueltos · últimos 90 días

Estos vuelos los cobramos nosotros

Iberia
+600 €

Cancelación vuelo Madrid-México sin reubicación en 24h.

abril 2026 extrajudicial
Ryanair
+400 €

Retraso de 5 horas en vuelo Barcelona-Berlín.

marzo 2026 sin juicio
Vueling
+250 €

Overbooking en Sevilla-Palma.

marzo 2026 sin juicio
Air Europa
+600 €

Equipaje extraviado en vuelo Madrid-Buenos Aires.

febrero 2026 sentencia firme
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FAQ

Sobre las reclamaciones de vuelos

¿Cuánta compensación me corresponde?

+
Depende de la distancia del vuelo: 250 € hasta 1.500 km, 400 € entre 1.500 y 3.500 km (o cualquier vuelo intracomunitario superior a 1.500 km) y 600 € para distancias mayores a 3.500 km. La compensación es fija por pasajero, independientemente del precio del billete.

¿Qué pasa si la aerolínea alega 'circunstancias extraordinarias'?

+
Solo libran de pagar las circunstancias verdaderamente extraordinarias y ajenas a su control: huelgas de control aéreo, meteorología extrema, conflictos políticos. Una avería técnica, un problema con la tripulación o una cancelación operativa son culpa de la aerolínea y dan derecho a compensación.

¿Tengo derecho aunque me ofrecieran un vuelo alternativo?

+
Sí, salvo que el vuelo alternativo te haya hecho llegar al destino con menos de 2 horas de retraso (compensación reducida al 50%) o con menos de 1 hora de retraso (sin compensación). Si llegaste con 3 o más horas de retraso, conservas el 100% de la compensación.

¿Hasta cuándo puedo reclamar?

+
El plazo en España es de 5 años desde la incidencia, según el Código Civil. Es uno de los plazos más amplios de Europa. Aunque el vuelo sea de hace varios años, vale la pena consultar.

¿Cuánto cuesta reclamar?

+
Cero por adelantado. Solo cobramos un porcentaje cuando recibes la compensación. Si la aerolínea no paga, no nos pagas nada.
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