Bancos, tarjetas y financieras
Las deudas con bancos, tarjetas revolving, microcréditos, préstamos personales y avales se cancelan al 100%. Vuelves a salir limpio del fichero.
Si tu situación se desbordó por un divorcio, una pérdida de empleo, una enfermedad o por haber respondido como avalista, no estás solo. La Ley de Segunda Oportunidad no es solo para empresarios: cualquier persona física de buena fe, también un asalariado o un pensionista, puede acogerse para cancelar deudas de tarjetas, créditos al consumo o financiación de coche o muebles que escaparon de control.
En 24 horas un abogado especializado revisa tu situación, te dice si entras y qué deudas se cancelan en tu caso. Sin coste, sin compromiso.
La Ley de Segunda Oportunidad no es solo para empresarios. Cualquier persona física de buena fe puede acogerse, también si cobras una nómina, una pensión o una prestación. Es la salida habitual cuando las deudas de tarjetas, préstamos al consumo o microcréditos han crecido más que tu capacidad de pago.
Desde la reforma de 2022 ya no hace falta intentar antes un acuerdo extrajudicial con los acreedores. Si apenas tienes bienes, el juez puede tramitar un concurso sin masa, el camino más corto para pedir directamente la exoneración. Si tienes bienes que quieres conservar, la vía es un plan de pagos de 3 años (5 si mantienes la vivienda habitual).
Antes de empezar, conviene revisar si alguna de tus deudas es reclamable: una tarjeta revolving con intereses usurarios o un microcrédito abusivo pueden reducirse mucho o incluso quedar a tu favor. A veces basta con eso para salir del problema sin necesidad de acudir a la Ley de Segunda Oportunidad.
El procedimiento para particulares es más rápido y barato que para autónomos, porque la documentación a aportar es menor. Si tus ingresos son una nómina y un par de extractos bancarios, el dosier se cierra en pocas semanas.
Las deudas con bancos, tarjetas revolving, microcréditos, préstamos personales y avales se cancelan al 100%. Vuelves a salir limpio del fichero.
Exoneración parcial desde la Ley 16/2022: los primeros 5.000 € de cada organismo, íntegros, y la mitad de lo que va de 5.000 a 10.000 €. Lo que no se exonera sigue debiéndose.
Vivienda habitual con hipoteca al día y herramientas de trabajo del autónomo se mantienen. La ley está diseñada para que vuelvas a operar, no para liquidarte.
Solo cobramos un porcentaje cuando el juez declare la exoneración firme. Si la exoneración no prospera, no pagas honorarios.
Listado de tus deudas, ingresos, bienes y patrimonio. En 24 horas confirmamos si entras en los requisitos de buena fe y de exoneración.
Reunimos certificados de deudas, vida laboral, declaraciones de IRPF y nóminas. Decidimos si va por exoneración inmediata o con plan de pagos.
Solicitud judicial de exoneración del pasivo insatisfecho. La Ley 16/2022 ya no exige acuerdo extrajudicial previo: vamos directos al juez.
El juez declara extinguidas las deudas que no puedas pagar. Empiezas de cero, sin perseguidores, sin embargos, sin intereses corriendo.
En 24 horas te decimos si entras como particulares y asalariados y qué deudas se cancelan exactamente en tu caso. Sin pago por adelantado, sin compromiso.
En 60 segundos te decimos si tienes derecho. Sin pago por adelantado, sin compromiso. Si no ganamos, no pagas.