Particulares: cancela las deudas que se te fueron de las manos

Si tu situación se desbordó por un divorcio, una pérdida de empleo, una enfermedad o por haber respondido como avalista, no estás solo. Más del 60% de los procedimientos de Segunda Oportunidad en España son de particulares y asalariados con deudas de tarjetas, créditos al consumo y financiación de coche o muebles que escaparon de control.

Qué se cancela en tu caso
  • · Tarjetas revolving (WiZink, Cetelem, Cofidis)
  • · Microcréditos rápidos (Vivus, MoneyMan, Cashper)
  • · Préstamos personales y al consumo
  • · Avales firmados por familiares
  • · Alquileres impagados, deudas a particulares
Diagnóstico · gratis

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En 24 horas un abogado especializado revisa tu situación, te dice si entras y qué deudas se cancelan en tu caso. Sin coste, sin compromiso.

Listado simple de tus deudas
Datos cifrados, RGPD
Solo cobramos si exoneramos
Diagnóstico gratis
Por qué aplica

Cómo encaja en tu perfil

El procedimiento para particulares es más rápido y barato que para autónomos, porque la documentación a aportar es menor. Si tus ingresos son una nómina y un par de extractos bancarios, el dosier se cierra en pocas semanas.

Cancelación total

Bancos, tarjetas y financieras

Las deudas con bancos, tarjetas revolving, microcréditos, préstamos personales y avales se cancelan al 100%. Vuelves a salir limpio del fichero.

Cancelación parcial

Hacienda y Seguridad Social

La Ley 16/2022 abre la exoneración hasta 5.000 € por organismo (10.000 € en total). Lo que sobre se reestructura en plan de pagos.

Sin perder

Tu vivienda y tus herramientas

Vivienda habitual con hipoteca al día y herramientas de trabajo del autónomo se mantienen. La ley está diseñada para que vuelvas a operar, no para liquidarte.

Sin riesgo

0 € por adelantado

Solo cobramos un porcentaje cuando el juez declare la exoneración firme. Si la exoneración no prospera, no pagas honorarios.

Proceso · paso a paso

Cómo es el procedimiento para particulares y asalariados

01

Diagnóstico de tu situación

Listado de tus deudas, ingresos, bienes y patrimonio. En 24 horas confirmamos si entras en los requisitos de buena fe y de exoneración.

02

Estrategia y documentación

Reunimos certificados de deudas, vida laboral, declaraciones de IRPF y nóminas. Decidimos si va por exoneración inmediata o con plan de pagos.

03

Concurso de acreedores

Solicitud judicial de exoneración del pasivo insatisfecho. La Ley 16/2022 ya no exige acuerdo extrajudicial previo: vamos directos al juez.

04

Auto judicial de exoneración

El juez declara extinguidas las deudas que no puedas pagar. Empiezas de cero, sin perseguidores, sin embargos, sin intereses corriendo.

Diagnóstico en 24h

Empieza de cero

En 24 horas te decimos si entras como particulares y asalariados y qué deudas se cancelan exactamente en tu caso. Sin pago por adelantado, sin compromiso.

FAQ

Sobre Segunda Oportunidad para particulares y asalariados

¿Quién puede acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad?

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Cualquier persona física, sea autónomo o particular, que cumpla tres requisitos: ser deudor de buena fe (no haber sido condenado por delitos económicos en los diez años anteriores ni haber actuado fraudulentamente), no haber rechazado un trabajo razonable en los cuatro años previos y colaborar transparentemente con el procedimiento. Las personas jurídicas (empresas) tienen otro mecanismo distinto: el concurso ordinario.

¿Qué deudas se pueden cancelar?

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Se cancelan totalmente las deudas con bancos, financieras, tarjetas revolving, microcréditos, préstamos personales, alquileres impagados, deudas a particulares y avales. Se cancelan parcialmente las deudas con Hacienda y Seguridad Social, hasta un máximo de 5.000 € por organismo (10.000 € en total). No se pueden cancelar pensiones de alimentos, indemnizaciones por delito o multas penales.

¿Tengo que perder mi casa?

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No. Desde la reforma de septiembre de 2022 puedes mantener la vivienda habitual durante la exoneración si pagas la hipoteca al día y el valor del inmueble no excede los umbrales fijados por reglamento. Tu casa no entra en la masa concursal a liquidar. Las deudas no garantizadas (tarjetas, microcréditos, préstamos personales) sí se cancelan.

¿Cuánto tarda y cuánto cuesta el procedimiento?

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Entre 6 y 12 meses según juzgado y volumen de acreedores. El coste es nuestro porcentaje sobre la deuda exonerada (sin pago por adelantado) más unas tasas judiciales mínimas y los honorarios del administrador concursal cuando proceda. Si el procedimiento no termina en exoneración, no nos pagas. Es a éxito real.

¿Me puedo volver a endeudar después?

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Sí, pero con cautela. La inclusión en el fichero del Registro Público Concursal queda durante cinco años (no es un fichero de morosos como ASNEF), lo que sí limita el acceso a crédito tradicional en ese período. Pasado ese plazo, vuelves al estado financiero previo y puedes acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad otra vez si fuera necesario.

¿Y si tengo embargos activos?

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La admisión a trámite del concurso paraliza los embargos en curso (nóminas, cuentas, devoluciones de IRPF). Si ya hay embargo activo, lo más urgente es presentar la solicitud cuanto antes. La diferencia de tiempo entre actuar la primera semana y dejarlo dos meses puede ser perder varias nóminas íntegras.
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