Te dejaron en tierra por overbooking

Si tenías billete confirmado y no te dejaron embarcar, hay compensación. Casi automática.

Si te denegaron el embarque pese a tener billete confirmado y haber llegado a tiempo a la puerta de embarque, hablamos de overbooking. El Reglamento UE 261/2004 te garantiza la misma compensación fija que en una cancelación, además de reubicación o reembolso a tu elección.

Compensación · UE 261/2004

Cuánto te corresponde

250 €
Hasta 1.500 km
Vuelos cortos.
400 €
1.500 a 3.500 km
Vuelos europeos largos.
600 €
Más de 3.500 km
Vuelos intercontinentales.
Marco legal

La ley está de tu parte

Art. 4 Reglamento UE 261/2004 Aplicable

La denegación de embarque por causas no imputables al pasajero (overbooking, sobreventa, cambio de avión a uno menor) da derecho automáticamente a compensación. La aerolínea no puede alegar circunstancias extraordinarias.

FAQ

Preguntas sobre denegación de embarque por overbooking

¿Qué es exactamente denegación de embarque por overbooking?

+
Si te denegaron el embarque pese a tener billete confirmado y haber llegado a tiempo a la puerta de embarque, hablamos de overbooking. El Reglamento UE 261/2004 te garantiza la misma compensación fija que en una cancelación, además de reubicación o reembolso a tu elección.

¿Cuánta compensación me corresponde?

+
Depende de la distancia del vuelo: 250 € hasta 1.500 km, 400 € entre 1.500 y 3.500 km (o cualquier vuelo intracomunitario superior a 1.500 km) y 600 € para distancias mayores a 3.500 km. La compensación es fija por pasajero, independientemente del precio del billete.

¿Qué pasa si la aerolínea alega 'circunstancias extraordinarias'?

+
Solo libran de pagar las circunstancias verdaderamente extraordinarias y ajenas a su control: huelgas de control aéreo, meteorología extrema, conflictos políticos. Una avería técnica, un problema con la tripulación o una cancelación operativa son culpa de la aerolínea y dan derecho a compensación.

¿Tengo derecho aunque me ofrecieran un vuelo alternativo?

+
Sí, salvo que el vuelo alternativo te haya hecho llegar al destino con menos de 2 horas de retraso (compensación reducida al 50%) o con menos de 1 hora de retraso (sin compensación). Si llegaste con 3 o más horas de retraso, conservas el 100% de la compensación.

¿Hasta cuándo puedo reclamar?

+
El plazo en España es de 5 años desde la incidencia, según el Código Civil. Es uno de los plazos más amplios de Europa. Aunque el vuelo sea de hace varios años, vale la pena consultar.

¿Te dejaron en tierra teniendo billete? Reclámalo

En 24 horas te decimos cuánto te corresponde. Sin pago por adelantado, sin compromiso.

Respuesta en 24h

¿Listo para reclamar lo que es tuyo?

En 60 segundos te decimos si tienes derecho. Sin pago por adelantado, sin compromiso. Si no ganamos, no pagas.

Empezar gratis
RE
Consulta gratis tu caso