El cártel ya está declarado
No tienes que demostrar nada: la CNMC sancionó el cártel en 2015 y el Tribunal Supremo lo confirmó. Tu reclamación se apoya en esos hechos ya probados.
Chevrolet vendió en España coches muy asequibles como el Aveo, el Spark o el Cruze, y el SUV Captiva, hasta que la marca se retiró de Europa a finales de 2015. Si compraste un Chevrolet nuevo entre 2006 y 2013, puedes reclamar el sobreprecio del cártel aunque la marca ya no se venda aquí.
Dinos el modelo y el año y en 24-48 horas te decimos si es reclamable y cuánto puedes recuperar. Sin coste ni compromiso.
Chevrolet llegaba a España a través de General Motors, el mismo grupo que entonces tenía Opel, y figura entre las marcas acusadas en el expediente del cártel. Que la marca dejara de venderse en Europa no extingue tu derecho: el sobreprecio se pagó al comprar y se reclama igual.
No tienes que demostrar nada: la CNMC sancionó el cártel en 2015 y el Tribunal Supremo lo confirmó. Tu reclamación se apoya en esos hechos ya probados.
Los tribunales cifran el daño en torno al 5% del precio del Chevrolet, salvo prueba en contra, más los intereses desde la compra.
Da igual que vendieras el Chevrolet o lo cambiaras. El sobreprecio lo pagaste al comprarlo y ese derecho sigue siendo tuyo.
Solo cobramos un porcentaje cuando recibas el dinero. Si la reclamación no prospera, no pagas absolutamente nada.
En aquellos años Chevrolet ocupaba el hueco de los coches baratos y bien equipados, con el Spark y el Aveo urbanos, el compacto Lacetti y después el Cruze, el monovolumen Orlando y el SUV Captiva. Con precios medios bajos, en torno a 14.000 €, el 5% de sobreprecio que reconocen los tribunales se sitúa alrededor de 700 € más intereses por coche.
Mucha gente da por hecho que, al haberse ido Chevrolet de Europa, no hay a quién reclamar. No es así: la responsabilidad recae en la sociedad sancionada que distribuía la marca o en quien la haya sucedido, y eso se analiza en cada caso. Basta con acreditar la compra con la factura, el contrato o la ficha técnica. El plazo general terminó en 2026, aunque sigue vivo si lo interrumpiste reclamando en su momento o si tu caso ya está en marcha.
Un coche nuevo comprado o financiado entre febrero de 2006 y agosto de 2013, de una de las marcas del cártel.
La factura de compra, el contrato de financiación o la ficha técnica sirven para acreditar la fecha, la marca y el precio.
Aplicamos el criterio de los tribunales (en torno al 5% del precio) para estimar lo que te corresponde más intereses.
Se reclama al fabricante y, si no paga, se demanda. La CNMC ya declaró el cártel, así que el daño se apoya en una resolución firme.
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En 60 segundos te decimos si tienes derecho. Sin pago por adelantado, sin compromiso. Si no ganamos, no pagas.