El cártel ya está declarado
No tienes que demostrar nada: la CNMC sancionó el cártel en 2015 y el Tribunal Supremo lo confirmó. Tu reclamación se apoya en esos hechos ya probados.
SEAT, la única marca española y con fábrica en Martorell, colocó el Ibiza y el León entre los coches más comprados del país. Si adquiriste un SEAT nuevo entre 2006 y 2013, pagaste el sobreprecio del cártel y puedes reclamarlo.
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SEAT participó en el cártel y, como Volkswagen (su matriz), se acogió a la clemencia, así que quedó exenta de la multa. Para el comprador eso no cambia nada: la marca reconoció el intercambio de información y sus clientes mantienen el derecho a reclamar el daño.
No tienes que demostrar nada: la CNMC sancionó el cártel en 2015 y el Tribunal Supremo lo confirmó. Tu reclamación se apoya en esos hechos ya probados.
Los tribunales cifran el daño en torno al 5% del precio del SEAT, salvo prueba en contra, más los intereses desde la compra.
Da igual que vendieras el SEAT o lo cambiaras. El sobreprecio lo pagaste al comprarlo y ese derecho sigue siendo tuyo.
Solo cobramos un porcentaje cuando recibas el dinero. Si la reclamación no prospera, no pagas absolutamente nada.
Como marca española fabricada en Martorell, SEAT tenía una presencia enorme en el mercado nacional de aquellos años, con el Ibiza y el León como grandes superventas y el Altea o el Alhambra completando la gama familiar. Sus precios eran de los más ajustados del cártel, en torno a los 16.000 € de media, de modo que el 5% de sobreprecio se sitúa alrededor de los 800 € más intereses por coche.
Que SEAT se librara de la multa no te afecta: fue por colaborar con la CNMC, pero participó en el cártel igual que el resto y por eso sus compradores pueden reclamar. Basta con acreditar que compraste el SEAT nuevo en el periodo, con la factura o el contrato. El plazo general terminó en 2026, aunque sigue vivo si lo interrumpiste reclamando al fabricante y en los litigios ya iniciados.
Un coche nuevo comprado o financiado entre febrero de 2006 y agosto de 2013, de una de las marcas del cártel.
La factura de compra, el contrato de financiación o la ficha técnica sirven para acreditar la fecha, la marca y el precio.
Aplicamos el criterio de los tribunales (en torno al 5% del precio) para estimar lo que te corresponde más intereses.
Se reclama al fabricante y, si no paga, se demanda. La CNMC ya declaró el cártel, así que el daño se apoya en una resolución firme.
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